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Artículo UNICO de la Ley 10.950

Concede el derecho que indica, relacionado con la ley 6,836, a doña graciela herrera barros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254401 / 6586788.

Texto oficial

Artículo único. Consédese, por gracia, a doña Graciela Herrera Barros, el derecho a acogerse a los beneficios que otorga la ley N.o 6,836, modificada por la ley N.o 9,759, de 14 de Marzo de 1950, a las hijas solteras de los empleados de hipódromos del país. El gasto que significa esta ley será de cargo a la Caja de Previsión de Empleados del Hipódromo Chile.