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Artículo UNICO de la Ley 10.906 · Abona el tiempo que indica a don arturo puelma lopez

Abona el tiempo que indica a don arturo puelma lopez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254416 / 6586833.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, y para los efectos de su jubilación, al secretario del Primer Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Santiago, don Arturo Puelma López, un abono de 10 años, 10 meses y 18 días. Esta ley comenzará a regir desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".