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Artículo 6 de la Ley 5.653

Declara de utilidad publica y autoriza la expropiacion a favor de la municipalidad de san fernando de las fuentes termo-minerales denominadas vegas del flaco.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254454 / 8374610.

Texto oficial

Artículo 6.o Las expropiaciones autorizadas por esta ley se sujetarán a las reglas y tramitaciones establecidas en la ley N.o 3,313, de 29 de Septiembre de 1917. Las gestiones para efectuar la expropiación deberán iniciarse dentro de un año, contado desde la fecha de la promulgación de la presente ley.