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Artículo UNICO de la Ley 10.939 · Abona el tiempo que indica a don ernesto zuñiga poblete

Abona el tiempo que indica a don ernesto zuñiga poblete

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254495 / 6587115.

Texto oficial

Artículo único. Abónanse, por gracia, para todos los efectos legales, a don Ernesto Zúñiga Poblete, Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, 2 años y 9 meses de servicios que prestó como Primer Alcalde de la Municipalidad de Bulnes. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".