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Artículo UNICO de la Ley 10.964 · Abona el tiempo que indica en la hoja de servicios de don juan perla fernandez

Abona el tiempo que indica en la hoja de servicios de don juan perla fernandez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254517 / 6587199.

Texto oficial

Artículo único.- Abónanse, por gracia, en la hoja de servicios de ex piloto tercero de la Armada Nacional don Juan Perlá Fernández, 8 años de servicios prestados en la misma Armada, a jornal. Este abono dará derecho a su viuda, doña Bernarda Alvarado Pérez, para que se le reajuste su pensión de montepío con las 18 treinta avas partes que correspondan para la concesión del nuevo montepío y tomando por base el sueldo del grado superior, o sea, de piloto 2.o de la Armada. El mayor gasto que importa esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.