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Artículo 2 de la Ley 7.185

Autoriza a la universidad de concepcion para invertir en el desarrollo de sus actividades los intereses del capital de reserva a que se refiere la ley numero 4,885.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25456 / 7171517.

Texto oficial

Artículo 2.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.