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Artículo 27 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843634.

Texto oficial

Art. 27. Si en la visita notare faltas en el servicio, deberá tomar la medidas conducentes a corregirlas i espresar en el acta cuales fueren éstas. Si el reparo recayere sobre la administracion de fondos, deberá obligar al jefe de la oficina a satisfacer los cargos que aparecieren, sin perjuicio de los derechos que éste tenga para eximirse de ellos.