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Artículo 49 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843656.

Texto oficial

Art. 49. Los administradores dirijirán con guia i en la forma ordinaria a la estafeta, con que estuvieren en comunicación, la correspondencia de que otras administraciones se les acompañe a este intento. Con esta guía comprobarán los comisionados de estafeta la deduccion del tanto por ciento, que les corresponde según el art. 11.