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Artículo 77 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843684.

Texto oficial

Art. 77. Excepto el caso anterior, todo paquete de correspondencia formado en una oficina de correos, contendrá dentro una guia, que deberá espresar los nombres de las administraciones de su procedencia i su destino, la fecha en que se firme i despache la balija, i el número i porte de la correspondencia, con esresión de las piezas franqueadas i las multadas, sean manuscritas o impresas, las muestras i las francas o exentas de porte. La guia se firmará siempre por el propio jefe de la oficina.