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Artículo 151 de la Ley S/N · Ordenanza general de correos

Ordenanza general de correos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254620 / 8843758.

Texto oficial

Art. 151. De este acto se levantará una diligencia en el libro correspondiente, firmado por los que han intervenido en él, espresándose el número de cartas o piezas quemadas i el de las pasadas al defensor de ausentes, con designacion en éstas de los nombres de las personas que firman i a quien se dirijen, i de la naturaleza de los objetes incluidos.