Texto oficial
Artículo 2°.- La presente ley entrará en vigencia el día 1 del mes siguiente a su fecha de publicación en el Diario Oficial, respecto de los contratos de aprendizaje que se suscriban a partir de dicha fecha.
Modifica el estatuto de capacitacion y empleo, en materia de bonificacion al contrato de aprendizaje
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 254622 / 6587552.