Texto oficial
Artículo 27. Reemplázase "un peso veinte", por "cuatro pesos", en el inciso final del artículo 165 de la misma ley.
Mejora situación económica de carabineros de chile
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25463 / 10018895.