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Artículo 32 de la Ley 7.260 · Mejora situación económica de carabineros de chile

Mejora situación económica de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25463 / 10018900.

Texto oficial

Artículo 32. Para los efectos de su retiro, se computará a los aspirantes supernumerarios el tiempo que hayan permanecido en la Escuela de Carabineros.