Texto oficial
Artículo 2°.- La expropiación se hará en conformidad a las disposiciones de las leyes N°s 4,174 y 4,852 y del decreto con fuerza de ley N° 182, de 15 de Mayo de 1931.
Declara de utilidad publica y autoriza la expropiacion en favor de la municipalidad de san fernando de la faja de terrenos que se indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25466 / 8278282.