Texto oficial
Artículo 45. Los empleados de las empresas periodísticas quedan sometidos a las disposiciones de la presente ley.
Aprueba el texto definitivo del decreto n.o 720, de 1941, que fijo el texto refundido de las leyes n.ºs 6,020 y 6,074, y el de la ley n.o 7,280, sobre empleados particulares
idNorma: 25482 · idParte: 8747818