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Artículo UNICO de la Ley 7.324

Declara que el ex oficial civil de yungay, don jorge valdivieso a., podra acogerse a las leyes n°s 6,606 y 6,742

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25506 / 5963715.

Texto oficial

"Artículo único.- Declárase que los beneficios que otorga el inciso 2° del artículo 3° de los transitorios de la ley N° 6,894, de fecha 14 de Abril de 1941, al ex oficial civil de Yungay don Jorge Valdivieso Amor le servirán para acogerse a las leyes N°s 6,606, de 2 de Agosto de 1940, y 6,742, de 30 de Octubre del mismo año. La presente ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial".