Texto oficial
Artículo 2.o. Autorízase al Presidente de la
República para disponer que el Archivo Nacional con la
cooperación de representantes de la Academia Chilena de la
Historia, de la Sociedad Chilena de Historia y Geografía y
de la Biblioteca Nacional hagan la publicación del "Archivo
de O'Higgins" que agrupará todo el material documental e
iconográfico nacional y extranjero de interés histórico
relacionado con la vida y actuaciones del prócer.
Antes del término del año 1942 deberá publicarse el
primer tomo de esta obra, de volumen no inferior a 500
páginas de formato corriente, y si fuere posible, en los
años sucesivos, hasta su terminación, se publicarán dos
volúmenes por año.
Las primeras publicaciones de la obra a que se refieren
los incisos anteriores se destinarán con preferencia a los
documentos sobre política de solidaridad y cooperación
interamericana.
El "Archivo de O'Higgins" será ampliamente difundido en
los países extranjeros, y especialmente en los del
continente americano.
El gasto que demande la publicación de esta obra, a
excepción del primer volumen, se imputará anualmente al
ítem de "Impresos, Impresiones y Publicaciones" del
presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.