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Artículo UNICO de la Ley 10.768

Concede, por gracia, a don diego baraño andrews el derecho a jubilar con el total de las remuneraciones que actualmente percibe

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255316 / 6589783.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a don Diego Baraño Andrews, receptor fiscal del Servicio de Cobranza Judicial de Impuestos, el derecho a jubilar con el total de las remuneraciones que actualmente percibe. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.