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Artículo 1 de la Ley 7.389

Autoriza al presidente de la república para transferir gratuitamente a la caja de la habitacion popular los terrenos fiscales que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25533 · idParte: 5963853

Texto oficial

"Artículo 1°.- Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Caja de la Habitación Popular el dominio de los terrenos fiscales que forman parte de la manzana N° 492, y que se encuentran ubicados en la ciudad de Antofagasta, los que tienen los siguientes deslindes: Norte, terrenos fiscales que forman el resto de la manzana N° 492, ocupados por un campamento obrero de la Administración del puerto; Sur, propiedad de la sucesión Orchard, hoy Caja de la Habitación Popular; Este, calle 21 de Mayo y propiedad de la sucesión Orchard, hoy Caja de la Habitación Popular; Oeste, resto de la manzana N° 492, ocupada por el campamento obrero indicado. La superficie de dichos terrenos es de 1.530 metros cuadrados. El Conservador de Bienes Raíces respectivo procederá a hacer las anotaciones e inscripciones que correspondan para la transferencia de este predio.