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Artículo 56 de la Ley 7.392 · Orgánica de los servicios de correos y telegrafos del estado

Orgánica de los servicios de correos y telegrafos del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25536 / 8829847.

Texto oficial

Artículo 56.- La Sección Contabilidad estará, asimismo, encargada de llevar el Servicio de Estadística. Este servicio se mantendrá en relación con la Dirección General de Estadística de la República, por intermedio de la Dirección General.