Texto oficial
Artículo 2.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Autoriza al presidente de la república para transferir al cuerpo de bomberos de san bernardo el dominio de un terreno fiscal en dicha ciudad
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25538 / 9515668.