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Artículo UNICO de la Ley 10.766

Aumenta en la suma que señala la pension de que actualmente disfruta doña melania alegria viuda de bejarano

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255594 / 6591011.

Texto oficial

Artículo único. Auméntase, por gracia, a la cantidad de $ 2.000 mensuales, la pensión que actualmente percibe la señora Melania Alegría viuda de Bejarano. El gasto que demande la presente ley se imputará al ítem respectivo del presupuesto de pensiones del Ministerio de Hacienda.