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Artículo UNICO de la Ley 10.771 · Concede a doña maria y a doña blanca lagos g., una pension mensual cuyo monto señala

Concede a doña maria y a doña blanca lagos g., una pension mensual cuyo monto señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 255598 / 6591023.

Texto oficial

Artículo único. Concédese, por gracia, a doña María Ida y Blanca Lagos Glaister una pensión mensual de mil pesos a caja. El gasto que significa la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.