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Artículo 326 del Código Orgánico de Tribunales

Código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25563 · idParte: 9783277

Texto oficial

Art. 326. La misma responsabilidad civil afectará al juez si el daño fuere producido por un cuasi-delito.