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Artículo 508 del Código Orgánico de Tribunales

Código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25563 / 9783486.

Texto oficial

Art. 508. La dirección de la Corporación Administrativa corresponderá al Consejo Superior, integrado por el Presidente de la Corte Suprema, que lo presidirá, y por cuatro ministros del mismo tribunal elegidos por éste en votaciones sucesivas y secretas, por un período de dos años, pudiendo ser reelegidos. Asimismo, y por igual período, la Corte Suprema elegirá de entre sus miembros dos consejeros suplentes, que subrogarán según el orden de su elección e indistintamente a cualquiera de los titulares en caso de ausencia por cualquier causa. El Consejo Superior no podrá sesionar con menos de tres miembros y sus acuerdos se adoptarán por mayoría de votos. En caso de empate, se repetirá la votación en la misma sesión y si aquel perseverare, decidirá el que presida. En caso de ausencia del presidente titular de la Corte Suprema o de su subrogante legal, la sesión será