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Artículo 3 de la Ley 7.537

Modifica el articulo 221 del código de procedimiento penal y el articulo 188 del código de procedimiento civil

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25587 / 7171646.

Texto oficial

Artículo 3.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".