Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 7.864 · Modifica el decreto n.o 4,111, de 1931, sobre division de comunidades indigenas

Modifica el decreto n.o 4,111, de 1931, sobre division de comunidades indigenas

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25675 · idParte: 8999364

Texto oficial

Artículo 2.o Condónanse las contribuciones adeudadas por los predios a que se refiere el artículo anterior desde el año 1936 hasta la fecha de la publicación de la presente ley.