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Artículo 3 del Decreto 997

Modifica arancel aduanero nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 256759 / 8020576.

Texto oficial

Artículo 3º.- En conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº18.525 y en el inciso tercero del artículo 42 de la Ley Nº18.768, las modificaciones que mediante el presente decreto se hacen al Arancel Aduanero Nacional, sólo tienen efectos estadísticos y administrativos y no tienen incidencia en regímenes especiales, franquicias ni reintegros.