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Artículo 1 de la Ley 7.878

Libera de todo impuesto y constribucion, tanto fiscal como municipal, a la fundacion asilo de huerfanos diego echeverria castro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25686 / 5965343.

Texto oficial

"Artículo 1.° Declárase exenta de todo impuesto y constribución, tanto fiscal como municipal, a la institución denominada "Fundación Asilo de Huérfanos Diego Echeverría Castro", cuyo domicilio lo tiene en la ciudad de Quillota.