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Artículo 15 de la Ley 20.158

Establece diversos beneficios para profesionales de la educacion y modifica distintos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 256863 / 8893397.

Texto oficial

Artículo 15.- El mayor gasto fiscal que signifique esta ley se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación, y en lo que no fuere posible para el año 2007, con cargo al ítem 50-01-03-24-03.104, de la Partida Tesoro Público.