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Artículo 3 de la Ley 7.884

Acuerda, a los deportistas, rabajas en el valor de los pasajes de los ferrocarriles del estado y de los ferrocarriles particulares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25692 / 5965383.

Texto oficial

Artículo 3.° Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"