Texto oficial
"Artículo 1.° Autorízase a la Municipalidad de Coltauco para que, directamente o por medio de la emisión de bonos, contrateuno o varios empréstitos que produzcan en total hasta la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250,000).
Si el empréstito se contrata en bonos, éstos ganarán un interés no mayor al 7% anual y una amortización acumulativa, también anual, no inferior al 1%.
Si el empréstito se coloca directamente, la Municipalidad podrá convenir un interes no superior al 8% y una amortización acumulativa no inferior al 2%, ambos anuales.