Saltar al contenido

Artículo 5 de la Ley 7.965

Autoriza a la municipalidad de coltauco para contratar uno o varios emprestitos hasta por la suma de $ 250,000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25712 / 5965490.

Texto oficial

Artículo 5.° En caso de que los recursos a que se refiere el artículo anterior fuesen insuficientes o no se obtubieren con la oportunidad debida para la atención del servicio del empréstito, al Municipal de Cotaulco completará la suma necesaria con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias. Si por el contrario, hubiese excedente, lo destinará sin descuento alguno, a amortización extraordinarias del empréstito.