Texto oficial
Artículo 2.o Esta ley regirá desde el 13 de Octubre de 1938, fecha de vigencia de la ley N.o 6,270, y se entenderá incorporada a su texto".
Aclara la ley n.o 6,270, que fijo normas para determinar la jubilacion de los empleados del congreso nacional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25730 / 5965559.