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Artículo 5 de la Ley 8.058

Declara de utilidad publica y autoriza la expropiacion a favor de la municipalidad de teno del terreno que se indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25743 / 8278440.

Texto oficial

Artículo 5.° Esta ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial".