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Artículo 2 de la Ley 8.092

Modifica la ley n.° 7,998 que establece para el personal de la empresa de los ff. cc. del estado, la compatibilidad entre la jubilacion y el desahucio

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25755 · idParte: 8748635

Texto oficial

Artículo 2.° Esta ley regirá desde la fecha de vigencia de la ley N.° 7,998".