Texto oficial
"Artículo 1.o La institución denominada Caja de Crédito Agrario es una persona jurídica autónoma, que se regirá por las disposiciones de la presente ley.
Orgánica de la caja de credito agrario. deroga la ley 4,806, de 27 de enero de 1930, modificada por el articulo 1° de la ley 6,006, de 29 de enero de 1937, la ley 6,290, de 30 de septiembre de 1938, con excepcion de su articulo 7°, la ley 7,413, de 27 de enero de 1943, y la ley 6,021, de 8 de febrero de 1937. modifica los articulos 1°, 3°, 4° y 11 de la ley 5,185, de 30 de julio de 1933.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25765 / 8857083.