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Artículo 55 de la Ley 8.283 · Establece las plantas y sueldos del personal que indica de la administración publica:

Establece las plantas y sueldos del personal que indica de la administración publica:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25767 / 8830129.

Texto oficial

Artículo 55. Los funcionarios que ingresen a la Rama de Identificación y Pasaportes, con posterioridad a la presente Ley, deberán someterse al régimen de previsión de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas.