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Artículo 13 de la Ley 8.284 · Fija el arancel consular

Fija el arancel consular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25768 / 7171969.

Texto oficial

Artículo 13.o Los Cónsules que cometieren errores en las actuaciones notariales en que intervengan, estarán obligados a extender nuevamente, y por su cuenta, dichas actuaciones o copias o a devolver los derechos percibidos, según lo desee el interesado.