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Artículo 2 de la Ley 8.420

Completa la ley n° 7.869, que fija el texto definitivo de la ley n° 5.989, por la cual se establece la sociedad constructora de establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 257745 / 7335915.

Texto oficial

Artículo 2.o La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.