Texto oficial
Art. 100. (101) La resolución de la Dirección será apelable por el contribuyente ante la Corte de Apelaciones correspondiente, y el recurso se verá y fallará en la forma indicada en el artículo 90.
Fija el texto refundido de la ley sobre impuesto a la renta
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25776 / 8872907.