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Artículo 6 de la Ley 8.737 · Confiere personalidad juridica a la editorial juridica de chile.

Confiere personalidad juridica a la editorial juridica de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25797 / 9043043.

Texto oficial

Artículo 6°.- La disolución de la "Editorial Jurídica de Chile" requerirá acuerdo unánime del Consejo, aprobado por ley. En la misma ley se determinará la destinación del patrimonio de la Editorial.