Saltar al contenido

Ley 8.766

Fija escala de sueldos para el personal de carabineros de chile, gratificacion de mando, viaticos, asignacion para perdidas de caja, asignacion de rancho, ascensos, asignacion familiar, gratificacion de zona, condona anticipo de sueldos concedido por ley 8,515, de 23 de agosto de 1946, reemplaza el articulo 4° del decreto ley 322, de 28 de julio de 1932, que fijo planta y sueldos a carabineros de chile, agrega inciso al articulo 3° de la ley 6,485, de 8 de enero de 1940, modifica el articulo 17° de la ley 7,872, de 16 de septiembre de 1944, que fija grados y sueldos, quinquenios y asignacion de zona al personal de carabineros de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25805

Índice de normas

Artículos

Esta norma no contiene artículos disponibles en el corpus.