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Artículo 5 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 169

Fija disposiciones por las que se regira la empresa de transportes colectivos del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258068 / 7336596.

Texto oficial

Artículo 5.o Para los efectos del beneficio del artículo N.o 74 del D.F.L. N.o 256, de 1953 los empleados que se encuentren en servicio a la fecha de la dictación de este decreto con fuerza de ley, computarán los plazos de permanencia en el mismo grado, a partir desde la fecha del último ascenso, o de la última renta de grado superior que hubieren percibido en conformidad con el artículo 3.o de la ley número 9,869, o del último trienio.