Texto oficial
Artículo 199 bis.- Los Gobiernos Regionales podrán
destinar recursos para el financiamiento de subsidios para
la operación, que permitan la continuidad del suministro
eléctrico en los sistemas aislados para pequeños
consumidores.
Los Gobiernos Regionales podrán utilizar la tarifa
regulada de referencia para efectos de determinar el monto
de los recursos a transferir. La tarifa regulada de
referencia ("TRR") corresponderá a:
a) La menor opción tarifaria BT1, de acuerdo al decreto
tarifario vigente en dicha época, en todos sus componentes,
sin considerar el cargo fijo mensual, aplicada a los
usuarios finales señalados en el número 1 del artículo
147°, en la comuna donde está ubicado el sistema aislado
para pequeños consumidores.
b) Si la comuna no cuenta con usuarios finales
señalados en el número 1 del artículo 147°, la TRR
corresponderá a la menor opción tarifaria BT1 en todos sus
componentes, sin considerar el cargo fijo mensual, aplicada
a los usuarios finales de la comuna donde está ubicada la
localidad geográficamente más cercana al sistema de
autogeneración de energía eléctrica, que pertenezca a la
provincia en donde está ubicado el referido sistema.
c) Si la provincia no cuenta con usuarios finales
señalados en el número 1 del artículo 147°, la TRR
corresponderá a la menor opción tarifaria BT1 en todos sus
componentes, sin considerar el cargo fijo mensual, aplicada
a los usuarios finales de la comuna donde está ubicada la
localidad geográficamente más cercana al sistema aislado
para pequeños consumidores, que pertenezca a la región en
donde está ubicado el sistema.
d) En aquellos casos donde exista un acuerdo tarifario
firmado entre el alcalde de la municipalidad respectiva y la
empresa que entrega el suministro eléctrico y/o exista un
convenio de operación con el Gobierno Regional respectivo,
la TRR corresponderá a lo establecido en los instrumentos
ya señalados.
La transferencia de recursos a la cual se refiere el
presente artículo se realizará de conformidad a lo
dispuesto en las leyes de presupuestos del sector público
respectivas.