Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 1, de mineria, de 1982, ley general de servicios electricos, en materia de energia electrica
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258171 / 8721679.
Texto oficial
Artículo 11°.- Las concesiones definitivas serán
otorgadas mediante decreto supremo del Ministerio de
Energía, por orden del Presidente de la República. Las
concesiones provisionales serán otorgadas mediante
resolución de la Superintendencia.
El otorgamiento de las concesiones
no eximirá al concesionario del cumplimiento
de todas las normas legales y
reglamentarias pertinentes, en
especial las que regulan materias
medioambientales.