Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 1, de mineria, de 1982, ley general de servicios electricos, en materia de energia electrica
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258171 / 8721715.
Texto oficial
Artículo 42º.- Producida alguna de las causales
señaladas en el artículo 41° de la presente ley, el
Presidente de la República ordenará a la Superintendencia
intervenir la concesión del servicio público de
distribución y determinará quién se hará cargo de la
explotación y administración provisional del servicio.