Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley nº 1, de mineria, de 1982, ley general de servicios electricos, en materia de energia electrica
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258171 / 8721742.
Texto oficial
Artículo 68º.- Los concesionarios o
los dueños de las propiedades afectadas
podrán reclamar del avalúo practicado
por la comisión tasadora dentro del plazo
de treinta días, a contar de la fecha de
su notificación.
Desde ese momento, las cuestiones
que se susciten se ventilarán de acuerdo
con las reglas establecidas en el Título
XI del Libro Tercero del Código de
Procedimiento Civil.