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Artículo 2 transitorio de la Ley 20.168

Modifica la ley nº 19.537, sobre copropiedad inmobiliaria para facilitar la organizacion y administración de los condominios de viviendas sociales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258340 / 7337094.

Texto oficial

Artículo 2º.- A contar de la fecha de publicación de esta ley y por el plazo de tres años, los condominios de viviendas sociales estarán exentos del pago de los derechos arancelarios que correspondan a notarios, conservadores y archiveros, respecto de las actuaciones a que se refiere el artículo 1º transitorio.".