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Artículo SEGUNDO del Decreto 51

Incorpora servicio nacional de aduanas al sistema de alta direccion publica, año 2007

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 258414 / 6601680.

Texto oficial

Artículo segundo: De conformidad con lo dispuesto en el artículo decimosexto transitorio de la ley 19.882, los funcionarios de los servicios públicos señalados en el artículo anterior que, a la fecha de publicación del presente decreto, se encuentren desempeñando cargos calificados como de alta dirección pública, mantendrán sus nombramientos y seguirán afectos a las normas que les fueren aplicables a esa data, debiendo llamarse a concurso conforme a las disposiciones de la ley precedentemente referida cuando cesen en ellos por cualquier causa.